El Colegio de Médicos de la Pcia. De Buenos Aires – Distrito I apoya la modificación del art. 47 de la Ley 12.207 que rige el funcionamiento de la Caja de Previsión y Seguro Médico de la Pcia. De Buenos Aires.
Este proyecto busca que, “una vez cumplidos los requisitos necesarios” para acceder al beneficio de la jubilación ordinaria (65 años de edad y 35 años de aportes); los profesionales médicos puedan optar por continuar ejerciendo su actividad profesional de manera independiente, sin necesidad de cancelar su matrícula en el respectivo Colegio Profesional, por entender que el mismo es un derecho propio.-
Asimismo, la propuesta señala que “la continuidad profesional no afectará el derecho a percibir los haberes jubilatorios correspondientes, los cuales serán compatibles con los ingresos generados por la actividad profesional”.